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SE CONVOCAN LAS ELECCIONES A LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO DE PROCURADORES DE BARCELONA

El Colegio de Procuradores de Barcelona (ICPB) ha convocado las elecciones para su Junta de Gobierno para el próximo 10 de junio, desde las 9 y hasta las 15 horas, para proceder a la elección de los siguientes cargos:

DECANO / NA
VICEDECANO / NA
SECRETARIO / A
VICESECRETARIO / A
TESORERO / A
VOCAL DEONTOLOGÍA
VOCAL CULTURA Y COMUNICACIÓN
VOCAL PRIMERO
VOCAL SEGUNDO
VOCAL TERCERO
VOCAL CUARTO
VOCAL QUINTO

Esta convocatoria cumple el acuerdo de la Junta de Gobierno celebrada el día 6 de mayo y siguiendo lo dispuesto en los artículos 38 y siguientes del Estatuto de la ICPB.

Las elecciones a los cargos tendrán lugar en la sede del Colegio en la Ciudad de la Justicia – Sala de Notificaciones (Gran Vía 111, planta baja) y en las Delegaciones Territoriales de los diferentes partidos judiciales. La Mesa electoral estará formada por los miembros de la actual Junta que no se presentan a la reelección y por dos colegiados que se presenten voluntariamente a la Mesa, que preferiblemente sean los de más reciente incorporación. En cuanto a las Delegaciones Territoriales, la Mesa electoral estará formada por los Delegados / as y Sub-delegados / as, de acuerdo con el Art. 43.3 del Estatuto de la ICPB.

Para ser candidato a cualquiera de los cargos de la Junta de Gobierno, será requisito indispensable ejercer la profesión de procurador de los tribunales y llevar al menos 3 años de ejercicio por los cargos Vocal Cuarto y Quinto, 5 años para el resto de cargos, execeptuando el de Decano / a, que requerirá de 10 años de ejercicio de acuerdo con el Art. 30 del Estatuto del ICPB.

Las candidaturas deberán presentarse por escrito y firmadas por todos los cargos en la Secretaría del Colegio de Procuradores de Barcelona (c / Ali Bei, 29) entre los días 9 al 18 de mayo de 2015 de acuerdo con el art. 41.1 del Estatuto del ICPB.

Las candidaturas se proclamarán el 19 de mayo de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 41.4 del Estatuto del ICPB. Desde entonces se iniciará la campaña electoral, excepto en el supuesto de que los cargos objeto de convocatoria se haya presentado un solo candidato para cada uno de ellos. En este caso, los cargos se proclamarían electos sin necesidad de hacer elecciones.

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