El Colegio

Presentación de la solicitud de colegiación como ejerciente

La incorporación en el Ilustre Colegio de Procuradores de los Tribunales de Barcelona como colegiado/a ejerciente está condicionada a tener el despacho profesional único o principal dentro de su ámbito territorial (art. 5.5 de la Ley Ómnibus).

 

Se deberá presentar escrito de solicitud según Modelo 1, al que se tendrá que acompañar la siguiente documentación:

 

  • Título de Licenciado/a en Derecho, Título de Grado en Derecho u otro título universitario de grado equivalente (original o fotocopia compulsada), o bien certificado de la Universidad que acredite haber pagado los derechos de expedición del Título. En caso de título extranjero, se deberá acreditar la homologación del título.
  • Según el supuesto uno de estos documentos:

. Título del Máster Universitario de acceso a la Procura emitido por la UNED (original o fotocopia compulsada) o bien certificado de la Universidad que acredite haber pagado los derechos de expedición del Título.

. Título del Máster Universitario de la Abogacía (original o fotocopia compulsada) o bien certificado de la Universidad que acredite haber pagado los derechos de expedición del Título.

. Certificado del Colegio de Abogados donde conste el periodo de colegiación.

  • Título de Procurador/a de los Tribunales o de Abogado/a (original i fotocopia).
  • Certificado de nacimiento (original).
  • Certificado de Penales (original).
  • NIF (fotocopia).
  • Una fotografía tamaño carnet.
  • Resguardo del pago de la cuota de incorporación de 200 €, al número de cuenta siguiente: IBAN ES63 3183 0803 1620 0065 6625 (fotocopia).

 

La Junta de Gobierno, examinada la documentación presentada y el cumplimiento de todos los requisitos estatutarios previos, acordará sobre su inscripción provisional.

 

Una vez haya sido inscrito/a provisionalmente, el/la interesado/a deberá efectuar los siguientes trámites:

 

  • Presentar solicitud al TSJC de su jura del cargo ante el organismo judicial pertinente (el modelo de instancia os será facilitado, cuando proceda, por la Secretaría del Colegio).
  • Afiliación a la Mutualidad de los Procuradores de España, Mutualidad de Prevención Social a Prima Fija, en el RETA (Régimen especial de Trabajadores autónomos) o en el Régimen general de la Seguridad Social, de conformidad con el art. 76 de los Estatutos del Colegio de Procuradores de los Tribunales de Barcelona (RESOLUCIÓN JUS/2255/2019, de 6 de agosto).
  • Suscripción de una póliza de seguros o garantía equivalente que cubra los riesgos de responsabilidad en que se pueda incurrir a causa del ejercicio de la profesión, de conformidad con lo que dispone el art. 9 de la Ley 7/2006 que rige para Cataluña. El Colegio de Procuradores ofrece la suscripción voluntaria a un seguro colectivo de responsabilidad civil.

 

Una vez prestado juramento del cargo y hecho constar en el Colegio el cumplimiento de todos los requisitos legales y estatutarios vigentes, será llamado/a al Colegio para tomar posesión del cargo, con su consecuente alta en el ejercicio de la profesión.