Código ético del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona

Código ético del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona

1. Introducción

El Ilustre Colegio de Procuradores de los Tribunales Barcelona (en adelante, el “ICPB”, o el “Colegio”) es una corporación de derecho público de carácter profesional, dotada de personalidad jurídica propia y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de las finalidades públicas y privadas que le son propias.

El Colegio tiene como finalidad esencial velar para que la actuación de sus colegiados responda a los intereses y necesidades de la sociedad en relación con el ejercicio profesional de la procura y, especialmente, garantizar el cumplimiento de la buena práctica y de las obligaciones deontológicas de la profesión y la protección de los intereses de las personas usuarias y consumidoras de los servicios profesionales. También tiene como finalidad la ordenación, la representación y la defensa de la profesión y de los intereses profesionales de las personas colegiadas.

Nuestros valores, integridad, servicio al colegiado y a los destinatarios de la actuación profesional, colaboración con el poder judicial, transparencia y buen gobierno, son el marco de referencia en el que nos inspiramos para la toma de nuestras decisiones.

La asunción de este Código Ético representa el compromiso expreso del Colegio de aceptar unos criterios de conducta a cuyo estricto cumplimiento nos vinculamos.

El Código Ético es un documento con un propósito y alcance distintos al Código Deontológico de los Procuradores de los Tribunales, que contiene las Normas Deontológicas de Actuación Profesional y que será́ de aplicación a todos los procuradores colegiados.

 

2. Alcance

Son destinatarios del Código Ético los miembros de la Junta de Gobierno, comisiones, delegados territoriales y todos los empleados del ICPB (todos ellos descritos, en adelante, como los “Miembros”).

Las relaciones jurídicas que colegiados, proveedores y cualesquiera terceros mantengan con el ICPB quedarán amparadas por los principios del presente Código, en todo aquello que les sea de aplicación.

 

3. Objetivos

Este Código Ético establece los principios éticos del ICPB  basados ​​en nuestros valores centrales, nuestra cultura colegial que regula nuestros comportamientos individuales y nuestras interacciones con nuestros colegiados, socios comerciales,  grupos de interés, la Administración de justicia y la sociedad en general.

El Código Ético establece principios éticos y conductas esperadas que prescriben el nivel mínimo de conducta profesional que se espera de cada uno de nosotros individualmente en el ICPB. También expresa el reconocimiento del Colegio de sus responsabilidades para prevenir, detectar y corregir conductas indebidas en y por el Colegio y promover un entorno colegial ético.

El Código es un documento vivo que promueve y fomenta la “conducta ética” y nuestro compromiso con el cumplimiento de las políticas, reglamentos y leyes aplicables. Somos responsables de ejercer el buen juicio y el sentido común, para que nuestras acciones nunca dañen la reputación del Colegio, de nuestros Miembros o de nuestros colegiados.

 

4. Principios éticos

 

Principio I: Obligación con nuestros colegiados

Serviremos a nuestros colegiados de manera justa, honesta, legal y ética para ganar y mantener su confianza y ayudarlos a tener éxito al brindar un servicio de calidad.

Nos comprometemos a proporcionar servicios colegiales que cumplan con todos los requisitos legales y reglamentarios aplicables, así como con las expectativas de nuestros colegiados.

Nos comprometemos a cumplir con las leyes de privacidad y protección de datos aplicables para la recopilación, el uso, el almacenamiento, la divulgación y la eliminación de información personal y confidencial de nuestros colegiados y de sus clientes y nos aseguraremos de que esté segura y bien protegida.

 

Principio II: Obligación con la sociedad

Nos esforzaremos por tomar las decisiones correctas para nuestro Colegio y nuestros colegiados, las comunidades y la sociedad para inspirar confianza entre nuestros colegiados y los ciudadanos como una corporación de derecho público responsable que contribuye al bien público.

Demostraremos nuestro compromiso con el cumplimiento de las leyes y regulaciones ambientales mediante la participación en programas voluntarios para reducir y controlar el impacto ambiental de nuestras actividades.

Demostraremos un compromiso con los derechos humanos y nunca utilizaremos trabajo forzoso u obligatorio  y exigiremos a  nuestros proveedores el respeto a los derechos humanos.

  

Principio III: Obligaciones legales

Cumpliremos y promoveremos el cumplimiento de todas las leyes y reglamentos en letra y espíritu de las leyes que rigen la conducta de nuestro Colegio y ejemplificaremos los más altos estándares éticos en nuestra conducta profesional.

No toleramos el soborno ni la corrupción, y nunca proporcionaremos nada de valor que pueda percibirse como un pago para obtener o conservar un negocio. Cumpliremos plenamente con las leyes antisoborno y anticorrupción. No ofreceremos ni efectuaremos, de forma directa o indirecta, ningún pago en metálico, en especie o de cualquier modo, para obtener o mantener, ilícitamente, negocios u otras ventajas. De acuerdo con la ley, limitaremos el uso de efectivo en nuestras transacciones a un máximo de 1.000 euros por operación.

Tampoco realizaremos ni ofreceremos, de forma directa o indirecta, pagos en metálico, en especie o cualquier otro beneficio, con la intención de abusar de su influencia, real o aparente, para obtener cualquier negocio u otra ventaja.

 

Principio IV: Obligación con nuestros Miembros y colegiados

Serviremos a nuestros Miembros y colegiados, siendo abiertos y honestos en nuestras interacciones y creando un ambiente de inclusión, valorando la diversidad y promoviendo valores éticos y tratando a todos con dignidad y respeto.

Brindaremos igualdad de oportunidades de empleo a nuestro personal  y promoveremos la diversidad y la inclusión. Tomaremos todas las decisiones relacionadas con el empleo en función de las necesidades de la empresa, los requisitos del trabajo y las competencias individuales. Brindaremos adaptaciones razonables a las personas con discapacidades sin discriminación alguna por motivos de raza, color, religión, origen nacional, sexo (incluido el embarazo), edad, discapacidad, condición de VIH, orientación sexual, identidad de género, estado civil, pasado o presente o cualquier otra condición protegida por las leyes o reglamentos.

Trataremos a todos con dignidad y respeto y nos aseguraremos de mantener un ambiente seguro y respetuoso, libre de todo tipo de acoso que socave o interfiera con el desempeño laboral de una persona, o cree un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo, es decir, avances sexuales no deseados, invitaciones o comentarios; exhibiciones visuales tales como imágenes o gestos despectivos o de orientación sexual; conducta física que incluye agresión o contacto no deseado; o amenazas o demandas de someterse a solicitudes sexuales como condición de empleo o para evitar consecuencias negativas.

Realizaremos nuestra función de conformidad con las leyes de salud y seguridad aplicables y aplicaremos prácticas de trabajo seguras en la realización de nuestra actividad. Comunicaremos los requisitos aplicables de seguridad y salud a cualquier persona que visite nuestros centros, incluidos visitantes, clientes, trabajadores asignados y contratistas.

No poseeremos drogas ilegales ni sustancias controladas en el lugar de trabajo que puedan afectar negativamente nuestra seguridad, productividad, confiabilidad y juicio, excepto por el consumo de alcohol legal, moderado y prudente durante actividades institucionales y el entretenimiento legítimo en actividades relacionadas con el Colegio.

Salvaguardaremos y protegeremos los activos del Colegio, incluidos los recursos de tecnología de la información, en todo momento y los usaremos y mantendremos con cuidado y los protegeremos contra robos, pérdidas, daños, desperdicio y uso inapropiado. No participaremos en actividades ilegales o actividades que se consideren contrarias a las reglas morales o creencias generalmente aceptadas en los países donde operamos y no accederemos a sitios de odio ni realizaremos ningún tipo de piratería.

Nos comprometemos a salvaguardar los activos y la reputación del Colegio al prevenir cualquier tipo de actividad fraudulenta, falsificación, malversación, fraude o robo que pueda resultar en un daño económico para el Colegio, sus Miembros, colegiados, socios comerciales u otras partes interesadas.

Usaremos los fondos del Colegio sólo para fines legítimos y no para obtener beneficios personales o para complementar los ingresos. Presentaremos de forma veraz y precisa todas las reclamaciones de gastos con las aprobaciones de gestión necesarias y los recibos originales para el reembolso.

Mantendremos una oficina y un entorno de trabajo limpios y ordenados en todo momento.

 

Principio V: Obligación con el Colegio

Serviremos al Colegio con el más alto sentido de integridad, ejerceremos un juicio imparcial y sin prejuicios para honrar la confianza del Colegio y de los colegiados y salvaguardar sus activos y propiedades al cumplir con todos los requisitos legales aplicables relacionados con la organización colegial.

Evitaremos cualquier situación de conflicto de intereses potencial y real, o incluso la apariencia de un conflicto, es decir, actividades personales, inversiones o asociaciones que comprometan nuestro juicio o capacidad de actuar en el mejor interés del Colegio y nos comprometemos a hacer su divulgación para la resolución de la situación de conflicto de intereses.

Conduciremos nuestra actividad colegial sobre la base de los méritos y la integridad de nuestros servicios y personas y no influenciando a otros con la entrega de obsequios y atenciones para obtener o retener negocios y nunca permitiremos que obsequios, entretenimiento u otros beneficios personales influyan en nuestras decisiones o socaven la integridad de nuestras relaciones comerciales.

Nos comprometemos a mantener la integridad de nuestros estados financieros y otras presentaciones reglamentarias al divulgar toda la información financiera, incluidos los estados financieros y las declaraciones de impuestos, de manera precisa y completa, de conformidad con los principios contables aplicables y los requisitos legales.

No utilizaremos los fondos o activos del Colegio, incluidas las instalaciones, el equipo o las marcas registradas en relación con actividades o intereses políticos personales.

No infringiremos nuestras obligaciones de mantener la confidencialidad con respecto a la «información material no pública», es decir, información colegial, financiera, relaciones con colegiados, proveedores o clientes, etc. y no la utilizaremos para obtener ganancias o evitar pérdidas.

Gestionaremos todas las declaraciones públicas con cuidado para garantizar la precisión, la imparcialidad y el cumplimiento de los requisitos legales, así como para proteger nuestra reputación y garantizar la coherencia con nuestro propósito, valores y función pública. Todas las comunicaciones relacionadas con la posición oficial del Colegio al público se limitarán a las personas autorizadas y serán aprobadas para publicación pública por la Junta de Gobierno Colegio.

Protegeremos nuestra propiedad intelectual, como secretos comerciales, patentes, ideas e invenciones únicas, trabajos creativos y marcas comerciales, y no infringiremos patentes ni propiedad intelectual de terceros.

 

5. Comité de Ética

Se acuerda la formación de un comité de ética (el Comité de Ética y Cumplimiento) que deberá encargarse de verificar el cumplimiento de este código ético, señalar las discrepancias y disfunciones que puedan darse y proponer las modificaciones necesarias. El Comité de Ética y Cumplimiento está formado por:

El/la Secretario/a de la Junta de Gobierno

El/la Vocal de Deontología de la Junta de Gobierno

El/la Gerente del Colegio

 

6. Aceptación y Cumplimiento

Todos nuestros Miembros deben firmar una declaración de que entienden este Código y aceptan su responsabilidad individual de promover y adherirse a este Código. Los Miembros recibirán formación sobre todos los aspectos de este Código. Cualquier Miembro que no cumpla con los principios contenidos en este Código estará sujeto a medidas disciplinarias que pueden incluir el despido. El hecho de no leer el Código o firmar el formulario de reconocimiento no exime a un Miembro de cumplir con el Código.

Los Miembros que supervisan a otros tienen responsabilidades adicionales según el Código:

  • Promover el cumplimiento y la ética con el ejemplo.
  • Asegurarse de que quienes les reportan entiendan los requisitos del Código y los cumplan.
  • Crear un entorno en el que los Miembros se sientan cómodos planteando sus inquietudes.
  • Considerar la conducta en relación con el Código al evaluar a los Miembros.
  • Nunca alentar ni instruir a los Miembros para que logren resultados a expensas de la conducta ética o el cumplimiento del Código o la ley.
  • Hacer cumplir el Código de manera consistente.
  • Apoyar a los Miembros que, de buena fe, planteen preguntas o inquietudes.

 

7. Información, denuncias e investigaciones

El Colegio ha puesto a disposición de sus Miembros y colegiados un canal de información acerca del contenido y cumplimiento de este Código Ético.

Se alienta a todos los Miembros a hacer preguntas y, de manera rápida y confidencial, informar sobre cualquier infracción sospechada o conocida de este Código. Los responsables de servicio están obligados a apoyar a sus equipos en todos los aspectos relacionados con la aplicación del Código. Cualquiera que desee hacer preguntas o informar una infracción puede comunicarse con nuestro canal ético disponible en www.icpb.es.

El Colegio garantizará una investigación completa, justa y exhaustiva de todas las denuncias hechas de buena fe, haciendo todo lo posible en todo momento para proteger la privacidad y la dignidad de los Miembros y cualquier otra persona externa involucrada. Del mismo modo, se espera que cualquier persona que denuncie una infracción respalde plenamente la investigación subsiguiente. El Colegio se asegurará de que no haya consecuencias laborales adversas para los Miembros que denuncien, de buena fe, violaciones de este Código.

 

8. Régimen disciplinario

El Colegio se esfuerza por imponer la disciplina que se ajuste a la naturaleza y las circunstancias de cada infracción del Código. La Junta de Gobierno determinará las sanciones que correspondan por incumplimiento de este Código. En el caso de Miembros que sean empleados del Colegio, el Colegio podrá emitir cartas de amonestación por ofensas menos significativas por primera vez. Las infracciones de naturaleza más grave pueden dar lugar a la suspensión sin sueldo, la pérdida o reducción del aumento por méritos, la concesión de bonificaciones, la terminación del empleo en su caso, la notificación a las autoridades correspondientes.

 

9. Vigencia

El presente Código Ético ha sido aprobado por la Junta de Gobierno del ICPB el 13 de febrero de 2023, entrando en vigor al día siguiente al de su publicación en la web colegial.

El Código se mantendrá vigente mientras no sea modificado o derogado por otro posterior.

El Código Ético del ICPB se revisará y actualizará periódicamente por la Junta de Gobierno, teniendo en cuenta para ello las distintas sugerencias y propuestas que se realicen y los compromisos adquiridos por el Colegio en materia de responsabilidad social y buen gobierno.